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El Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, modifica la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, en el sentido de eliminar para las empresas la obligatoriedad de pertenecer a las mismas.

A partir de la entrada en vigor de la norma, únicamente serán miembros de las Cámaras aquellas empresas que libremente lo decidan aunque todas las empresas continúan formando parte del Censo Público de Empresas previsto en el artículo 2.1.h de la citada Ley de Cámaras, según se regula en la Disposición Final cuadragésima séptima de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, sin que de ello se deriven obligaciones o derechos.

Así, según la normativa, pueden ser Miembros de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zamora las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en territorio nacional que manifiesten su voluntad de ser Miembros de la Cámara. Los Miembros tendrán la condición de electores de las Cámaras de Comercio, dentro de cuya circunscripción cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias.

La condición de Miembro de la Cámara, comporta para las empresas la pertenencia a una Institución, que ha venido prestando y presta múltiples y eficaces servicios a las empresas en materias como:

  • Internacionalización.
  • Innovación y Competitividad.
  • Formación.
  • Emprendimiento.
  • Desarrollo empresarial.
  • Asesoramiento general en distintos ámbitos: comercio, industria, medioambiente, etc

Asimismo, la condición de Miembro de la Cámara, otorga a quien la ostente los derechos previstos en la normativa vigente y, en su caso, los de carácter electoral.

En cuanto a la cuota establecida para los Miembros de la Cámara, en uso de sus atribuciones, el Pleno del Consejo Superior de Cámaras determinó, en Sesión del día 25 de octubre de 2011, que la cuota para el año 2012 sea de 0 euros.

Para el año 2013, cuando se establezca la cuota para dicho ejercicio, se dará a conocer a los Miembros adscritos. Una vez se haya comunicado dicha cuota, los Miembros adscritos voluntariamente tendrán la oportunidad de manifestar su conformidad o no con la misma, y en caso de no conformidad, causar baja en el Censo.

Según la normativa fiscal vigente, el gasto contable correspondiente a la cuota cameral devengada en el ejercicio, tendrá para los empresarios personas físicas que ejerciten el comercio, la industria o la navegación y decidan voluntariamente pertenecer a una Cámara de Comercio, la consideración de gasto fiscalmente deducible a efectos de determinar el rendimiento neto de la actividad en el IRPF.

Igual consideración tendrá ese gasto en el IS, para los empresarios personas jurídicas que ejerciten el comercio, la industria o la navegación y decidan voluntariamente pertenecer a una Cámara de Comercio.

PARA SOLICITAR LA ADSCRIPCIÓN VOLUNTARIA HAY DOS PROCEDIMIENTOS MUY SENCILLOS:

1. FORMULARIO CON CERTIFICADO DIGITAL (FNMT, CAMERFIRMA, ETC), VÁLIDO PARA EMPRESARIO INDIVIDUAL/PERSONA FÍSICA Y EMPRESA/PERSONA JURÍDICA.

Una vez cumplimentados todos los datos en el modelo de formulario correspondiente, deberá:

  1. Pinchar en FIRMAR, se iniciará el proceso de firma electrónica del documento, para lo cual deberá tener instalado en su ordenador el Certificado Digital de la persona física o jurídica que desea solicitar la adscripción a la Cámara y seleccionar este Certificado para la firma del documento de adscripción. Una vez seleccionado el Certificado Digital correspondiente a su empresa, deberá Certificar la precisión e integridad de este documento y firmar el mismo.
  2. Posteriormente deberá pinchar en ENVÍAR la solicitud:
    • Si dispone de un programa de gestión de correo electrónico (Microsoft Outlook, Outlook Express, Thunderbird, etc..,) se le creará un nuevo mensaje de correo electrónico con el documento de adscripción adjunto y procederá a su envío.
    • Si NO dispone de ningún programa de gestión de correo electrónico, deberá guardar el documento firmado electrónicamente y enviarlo con su servicio web de correo electrónico, a la siguiente dirección: general@camarazamora.com

    Modelo Formulario Alta Censo Cámara con Certificado Digital

2. FORMULARIO SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA EMPRESARIO INDIVIDUAL/PERSONA FÍSICA)

Mediante la presentación del formulario correspondiente y fotocopia del D.N.I del solicitante, en cualquiera de las siguientes formas:

  1. Entrega personal en el REGISTRO GENERAL, de esta Cámara, en la calle Pelayo, 6 1º. 49014 – Zamora.
  2. Remisión a la dirección de CORREO ELECTRÓNICO, general@camarazamora.com, adjuntando la documentación solicitada y el formulario debidamente firmado, escaneado.
  3. O por fax +34 980 518 594. Adjuntando documentación y el formulario debidamente firmado.

Modelo Formulario Alta Censo Cámara sin Certificado Digital

Recibida la solicitud de adscripción voluntaria, por cualquiera de los procedimientos indicados, la Cámara realizará las verificaciones necesarias y se pondrá en contacto para diligenciar y, en su caso, confirmar la adscripción de la empresa como Miembro.
Para cualquier duda o cuestión que pudiera surgir, pueden dirigirse al siguiente número de teléfono y dirección de correo electrónico, en los que la Cámara estará encantada de poder solventar posibles dudas y ampliar la información que, en su caso, pudiera necesitar:

 

 

Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zamora   |  C.I.F. - Q4973001C
C/ Pelayo, 6 - 49014 Zamora - Tlfno: 980 53 00 50 - 980 53 31 82 | Fax: 980 51 85 94 | email: info@camarazamora.com