Convocadas para 2025 por la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y león, en régimen de concurrencia competitiva, las Subvenciones para la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León.
Objeto.
Apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León, con la finalidad de mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.
Beneficiarios.
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, las empresas industriales y los empresarios autónomos industriales, de carácter privado, (industrias) que cumplan los requisitos de PYME, que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.
Para poder concurrir al procedimiento de concesión de estas subvenciones, los solicitantes deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos siguientes:
- Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y cumplir los requisitos necesarios para su inclusión en la división A del Registro Industrial de Castilla y León con anterioridad a la presentación de la solicitud.
- La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la presente convocatoria.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión.
- No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el apartado decimonoveno, letra a) del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
- Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de Castilla y León.
- Conforme a lo establecido en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y para subvenciones de importe superior a 30.000 €, las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para obtener la condición de beneficiario deben acreditar el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la citada Ley.
Esta circunstancia se acreditará por los interesados en el momento de la solicitud de la subvención.
- La acreditación se realizará en la forma establecida en el citado artículo 13.3 bis, según la redacción dada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
Los requisitos para ser beneficiarios de estas subvenciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud, hasta la completa ejecución del proyecto y su total justificación.
Límites e incompatibilidades.
Las subvenciones reguladas en la presente orden serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma actuación subvencionada.
El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis, concedidas a una “única empresa”, no excederá de 300.000 euros, a lo largo de un periodo de tres años.
Actuaciones subvencionables y requisitos.
Podrá ser objeto de subvención la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo de la industria, siempre que dicha maquinaria esté destinada a un centro de trabajo situado en Castilla y León.
Serán actuaciones subvencionables las inversiones para la adquisición de maquinaria industrial nueva, que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
- Supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales
- Impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente
No se admitirá como actuación subvencionable:
- Maquinaria industrial que forme parte del propio catálogo de maquinaria de la entidad beneficiaria.
- Maquinaria industrial que no esté provista del correspondiente marcado CE, declaración de conformidad y número de serie.
Requisitos de las actuaciones subvencionables:
Para que las actuaciones puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:
- Que sean técnicamente viables.
- Que sean económica y financieramente viables.
- Que las fechas de las facturas y de los justificantes de pago se encuentren comprendidos entre el 11 de abril de 2025 y el 15 de septiembre de 2025 inclusive
- Que las actuaciones sean ejecutadas en centros de trabajo de la industria beneficiaria situados en Castilla y León, y los resultados permanezcan o tengan impacto tangible en Castilla y León.
- Que la actuación sea completa, es decir, que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
- Los proyectos deberán alcanzar una puntuación mínima de 35 puntos en función de los criterios de valoración.
Gastos subvencionables.
Las subvenciones se destinarán a cubrir los gastos y/o las inversiones directamente relacionadas con la adquisición de la maquinaria nueva para la que se hayan concedido.
Las subvenciones podrán aplicarse a la adquisición de nueva maquinaria que forme parte de un proceso productivo industrial.
Sólo se podrán considerar admisibles aquellas operaciones en activos materiales que se realicen de acuerdo con las condiciones normales de mercado y que cuenten con autorización previa del órgano concedente.
Se acreditarán las condiciones normales de mercado mediante la presentación de tres ofertas, de las que, al menos dos, sean de personas o entidades no vinculadas y una memoria justificativa que indique y razone la elección del presupuesto elegido en función exclusivamente del aspecto económico del proyecto a llevar a cabo y por tanto en base a la mejor oferta económica.
No se considerarán gastos subvencionables:
- La instalación de la maquinaria adquirida, ni sus instalaciones auxiliares, ni la obra civil asociada.
- La maquinaria adquirida mediante leasing o cualquier otro tipo de arrendamiento financiero cuando no se haya ejecutado la opción de compra, o recaiga reserva de dominio sobre el bien.
- Los impuestos indirectos.
- Los trabajos realizados por el propio solicitante, los gastos de desplazamiento del vendedor, la elaboración de manuales ni certificados sobre la maquinaria, ni la formación de los trabajadores en el manejo de la maquinaria.
Cuantía de la subvención.
La subvención consistirá en una subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje de los gastos considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será del 65% de los gastos considerados subvencionables.
En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €.
Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
El porcentaje de subvención se incrementará en un 10% adicional para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de esta convocatoria o que no esté ubicado en el ámbito de un área funcional estable según lo establecido en la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León.
Periodo subvencionable.
El periodo subvencionable será el comprendido entre el 11 de abril de 2025 y el 15 de septiembre de 2025 inclusive.
Formalización y presentación de solicitudes.
Las solicitudes de subvención se formularán en el modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Se acompañará la documentación que establecida. Sólo se admitirá una solicitud por entidad, que comprenderá una única actuación.
Plazo.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica en el plazo comprendido entre el 12 de abril de 2025 hasta el 12 de mayo de 2025.
Resolución.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
Para más información sobre las subvenciones para la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León contacta con nosotros o consulta la sede electrónica de la Junta de Castilla y León.