Los recursos intangibles de una compañía, entre los que se encuentra la propiedad industrial, son una fuente de ventaja competitiva, por ello es especialmente importante protegerlos.

La protección de derechos de propiedad industrial genera, para sus titulares, una serie de ventajas o beneficios como la adquisición de un derecho exclusivo que impide a terceros fabricar, usar o comercializar sin su permiso los activos intangibles protegidos; aumentar el valor de mercado de la empresa ya que pueden convertirse en los principales activos de la misma, otorgándoles reputación y prestigio frente a los competidores; obtención de ingresos adicionales mediante licencias de uso, franquicias, etc. Permite a las empresas titulares acceder a nuevos mercados, su debida explotación facilita las exportaciones contribuyendo al proceso de expansión internacional de la empresa; estimulan la inversión en I+D+i y favorecen la innovación de los productos. La información tecnológica contenida en los documentos de patentes facilita a los empresarios la identificación de tecnologías libres, diversificar nuevos usos de la ya protegida o mejorar los procesos o productos existentes, no invirtiendo en investigaciones que ya han sido realizadas. Beneficia a las empresas en la búsqueda de financiación tanto pública como privada y en la obtención de inversionistas; y contribuye a la generación de empleo.

La protección de las creaciones nace con su registro, existiendo diferentes tipos de derechos de propiedad industrial dependiendo del objeto de protección.

Tipos de derechos de propiedad industrial

Marcas: es un signo distintivo cuya función es la de diferenciar e individualizar en el mercado unos productos o servicios de otros idénticos o similares, así como identificar su origen empresarial y, en cierta manera, ser un indicador de calidad y un medio de promoción de ventas.

Nombres comerciales: es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares.

Diseños industriales: protegen la apariencia visual externa de un diseño, producto o producto complejo.

Patentes: reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la patente se pone a disposición del público para general conocimiento. El derecho otorgado por una patente es «el derecho de excluir a otros» de la fabricación, utilización o introducción del producto o procedimiento patentado en el comercio.

Modelos de utilidad: protege invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por patentes, consistentes, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica. El dispositivo, instrumento o herramienta protegible por el modelo de utilidad se caracteriza por su «utilidad» y «practicidad»

Se calcula que sólo el 9% de las Pymes protegen sus propiedad industrial e intelectual a través del registro de los mismos, ello se debe principalmente, a tres factores: coste, falta de información y dificultad de registro. Los Organismos de propiedad intelectual, conscientes de ello, desarrollan una serie de servicios encaminados a eliminar estas barreras.

AYUDAS ECONÓMICAS.

Tanto los organismos nacionales como los supranacionales, ponen a disposición de las Pymes una serie de ayudas y subvenciones con objeto de aliviar la carga financiera que supone el registro de los distintos derechos de propiedad industrial mencionados anteriormente.

AYUDAS ECONÓMICAS CONCEDIDAS POR LA UNIÓN EUROPEA:

El organismo supranacional encargado de gestionar y registrar las marcas, los dibujos y modelos comunitarios es la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea).

La EUIPO dispone de un fondo de ayudas para Pymes “Ideas Powered for Business”. Se trata de un programa de subvenciones dirigido a pequeñas y medianas empresas constituidas en un Estado miembro de la Unión Europea, compuesto por dos bonos.

El bono 1, con una cuantía máxima de 1.500 €, sirve para subvencionar las tasas relativas al diagnóstico previo de propiedad industrial y a la solicitud de marcas y diseños:

  • Un reembolso del 90 % en los servicios de diagnóstico previo de la propiedad intelectual (IP Scan). Mediante esta herramienta, expertos en PI designados por las oficinas nacionales de propiedad intelectual analizan el modelo de negocio y los productos o servicios de su pyme para crear una estrategia de PI adaptada a sus necesidades.

Este servicio puede ayudarle a decidir qué derechos de PI debe solicitar, cómo desarrollar la cartera de PI de su empresa y cómo planificar para el futuro si ya ha registrado derechos de PI.

  • Un reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas, dibujos o modelos, las tasas por clases adicionales y las tasas de examen, registro, publicación y aplazamiento de la publicación, a escala de la UE.
  • Un reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas, dibujos o modelos, las tasas por clases adicionales y las tasas de examen, registro, publicación y aplazamiento de la publicación, a escala nacional y regional.
  • Un reembolso del 50 % en las tasas de solicitud básicas de marcas, dibujos o modelos, las tasas de designación y las tasas de designación posteriores fuera de la UE. Se excluyen las tasas de designación originarias de los países de la UE[ES11], así como las tasas de tramitación cobradas por la oficina de origen.

El bono 2 con un importe máximo de 750 €, dirigido a cubrir las tasas derivadas del registro de patentes:

  • Un reembolso del 50 % en las tasas de preconcesión de patentes (p. ej., presentación, búsqueda y examen), concesión y publicación a escala nacional.

Es posible solicitar el bono 1, el bono 2 o ambos.

El proceso para solicitar esta subvención es sencillo, el primer paso es presentar la solicitud de la subvención rellenando el formulario disponible en la página web de la EUIPO (www.euipo.europa.eu), es necesario registrarse para poder cumplimentarlo, la solicitud puede ser presentada por los propietarios, los empleados autorizados o los representantes debidamente autorizado por la pyme. El formulario consta de cuatro partes: 1ª datos personales, 2ª datos de la empresa (necesario adjuntar el certificado de IVA), 3ª datos de la cuenta bancaria y 4ª Declaraciones y condiciones.

Dentro de los 15 días hábiles posteriores a su presentación se notificará la resolución a través del correo electrónico facilitado en el formulario.

Tras la concesión de la subvención, comienza el plazo de solicitud e implantación, siendo de 6 meses para las actuaciones relativas al bono 1; y 12 meses para las relativas al bono 2.

El proceso finaliza con el abono del reembolso, éste se solicita a través del formulario de reembolso disponible en la misma página que el formulario de solicitud. El plazo de reembolso es de un máximo de 30 días desde la solicitud.

IMPORTANTE: Cada bono debe ser solicitado antes de poner en marcha cualquiera de las actuaciones que son cubiertas por los mismos, ya que estas subvenciones no tienen carácter retroactivo.

El plazo para solicitar esta subvención está abierto desde el 10 de enero de 2022 hasta el 16 de diciembre de 2022; y responde al principio de “al primero que llega es al primero que se atiende”, es decir, las solicitudes de subvención serán atendidas por riguroso orden de entrada.

AYUDAS ECONÓMICAS CONCEDIDAS POR LOS ORGANISMOS ESTATALES:

La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), es un Organismo Autónomo de la Administración General del Estado que impulsa y apoya el desarrollo tecnológico y económico otorgando protección jurídica a las distintas modalidades de propiedad industrial mediante la concesión de patentes y modelos de utilidad; diseños industriales; marcas y nombres comerciales y títulos de protección de las topografías de productos semiconductores. Asimismo, difunde la información relativa a las diferentes formas de protección de la propiedad industrial.

La OEPM convoca dos tipos de ayudas:

  • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas: Dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, así como de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

Se subvencionan hasta un 90% de las tasas de solicitud y/o informe del estado de la técnica y/o examen sustantivo

  • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior. Dirigido a estimular la protección internacional de la tecnología a través de patentes o de modelos de utilidad. El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y de las personas físicas.

Se subvenciona hasta un 90% de las tasas a la PYME y personas físicas y hasta el 80% al resto de los solicitantes (instituciones privadas sin ánimo de lucro no vinculadas o dependientes del sector público y grandes empresas).

Estas ayudas se convocan anualmente y el plazo para su solicitud es de un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria en el BOE.

Para solicitarlas se debe rellanar el formulario de solicitud por vía telemática a través de la aplicación informática disponible en la sede electrónica de la OEPM.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) Identificación del solicitante; b) Justificación de la realización de la actividad subvencionable de conformidad con lo establecido en las respectivas convocatorias; c) Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas en relación con los mismos costes subvencionables; d) Cualquier otra documentación que establezca cada convocatoria.

Una vez finalizado el plazo de recepción de solicitudes, el órgano instructor enviará un usuario y una contraseña a todos los solicitantes. Con dicho usuario y contraseña los solicitantes podrán consultar en la sede electrónica de la OEPM el estado de su solicitud. A continuación, comenzará la evaluación de las solicitudes. La OEPM publicará en la sede electrónica un requerimiento de subsanación si la solicitud presentara defectos. El plazo de contestación es de 10 días desde el siguiente al de publicación del requerimiento en la sede electrónica si no se responde al requerimiento la solicitud se tendrá por desistida.

Tras la evaluación de las solicitudes, se publicará la “Propuesta de Resolución Provisional” abriéndose un periodo de 10 días para formular alegaciones. Finalizado el periodo para alegaciones, la comisión de evaluación volverá a reunirse, concluyendo una “Resolución Definitiva”. Por último, se procederá al pago de la subvención en la cuenta bancaria facilitada por el solicitante.

Este proceso transcurrirá en un plazo máximo de 6 meses desde la a finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Además de estos programas de subvenciones, la Ley de patentes prevé para las personas físicas y las pymes que soliciten la protección a través de una patente o modelo de utilidad una reducción del 50% sobre las tasas establecidas en concepto de solicitud, informe sobre el estado de la técnica, de examen sustantivo y las anualidades 3ª, 4ª y 5ª.

Para obtener esta reducción será necesario presentar, junto a la solicitud de patente nacional o modelo de utilidad, la petición de reducción de tasas y adjuntar la documentación correspondiente.

Así mismo, se establece en la mencionada Ley que las solicitudes o escritos presentados por medios electrónicos tendrán una reducción de un 15% en el importe de las tasas a las que estén sujetas dichas solicitudes y escritos, si los mismos son presentados y las tasas son abonadas previa o simultáneamente por dichos medios técnicos.

LABOR DE INFORMACIÓN DE LOS ORGANISMOS DE P.I.

Tanto la EUIPO como la OEPM cuentan con un sistema de información gratuita en materia de P.I. para Pymes

La OEPM presta apoyo a través de la plataforma CeviPyme (https://cevipyme.es/), dirigida a proporcionar de forma gratuita, información y asistencia personalizadas, sobre las mejores opciones para la protección de la Propiedad Industrial, a las Pymes, mediante herramientas como bases de datos, asesoría financiera y poniendo a disposición de la empresa el conocimiento de expertos en materia de P.I.

La EUIPO, dentro de su programa de apoyo para Pymes “Ideas Powered for Business” ha habilitado un formulario para solicitar apoyo personalizado gratuito a las Pymes en materia de P.I. tras la solicitud de información un responsable de resolución de conflictos se pondrá en contacto con la empresa para orientarla respecto a las dudas legales o de resolución de controversias que puedan surgir de los contratos de propiedad industrial.

REGISTRO DE P.I

Para facilitar el registro de Derechos de Propiedad Industrial los Organismos encargados han creado una serie de plataformas de registro online:

Plataforma Easy Filing, desarrollado por la EUIPO, permite registrar marcas en tres sencillos pasos:

  1. Representación: permite introducir la marca que se quiere registrar, ya sea un texto simple o un logotipo.
  2. Productos y servicios: se define el sector en el que se mueve la actividad empresarial, es decir qué bienes o servicios se ofrecen al mercado. Una vez especificada la categoría de productos, la plataforma ofrece un reporte de similitudes de marcas registradas en su base de datos TMview.
  3. Pago a través de tarjeta de crédito.

Si durante el proceso surge alguna duda, se puede preguntar mediante un chat en línea a Camila, un avatar de asistencia guiada.

Antes de registrar una marca es importante utilizar las bases de datos de marcas ya registradas que la EUIPO pone a disposición de las Pymes para evitar que la solicitud sea rechazada ya que si es rechazada no habrá derecho a reembolso.

La OEPM ha implementado en su sede electrónica la plataforma ProtegeO para registrar marcas o nombres comerciales.

El proceso de registro es sencillo y se completa en cuatro pasos:

  1. Datos del solicitante o representante: Datos personales como nombre, nacionalidad, Estado en el que se encuentra el establecimiento, etc.
  2. Datos de la marca o nombre comercial: Permite seleccionar la modalidad del derecho que se va a solicitar (marca de productos o servicios, marca colectiva, marca de garantía o nombre comercial), y el tipo distintivo de este (denominativo, figurativo, tridimensional, de posición, patrón, color, sonoro, de movimiento, multimedia u holográfico), definir los productos o servicios o actividades que se ofrecen y que serán protegidos por la marca.
  3. Documentación: Si fuera necesario adjuntar documentación.
  4. Pago: es posible elegir entre cuatro tipos de pagos (Pasarela de la AEAT, pasarela de pago de una entidad financiera, pago con tarjeta o pago previo)

Por último, la plataforma genera un justificante de presentación que se enviará al correo electrónico facilitado o que el solicitante puede descargar en su ordenador.

Una vez revisado por la OEPM, se notificará al solicitante a través de su correo electrónico en un plazo máximo de 12 meses o 20 meses si se producen algún suspenso u oposición.

Registrando sus derechos de propiedad intelectual, las Pymes se garantizan el uso exclusivo del derecho que le otorgará el monopolio de la creación pudiendo vender a un precio más alto y rentabilizar así la inversión realizada para su adquisición. No pierdas esta oportunidad de diferenciarte y registra tus creaciones.