El Ayuntamiento de Zamora convoca las ayudas para la creación de empresas para el año 2022, cuyo objeto es fomentar la iniciativa empresarial y creación de empresas en Zamora.

Beneficiarios:

Nuevas empresas que hayan iniciado su actividad empresarial en el municipio de Zamora entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de enero de 2022, y que hayan realizado una inversión de al menos 6.000 euros antes de impuestos.

Objeto:

Subvenciones para financiar la inversión o los gastos de alquiler de local de nuevas empresas que hayan iniciado su actividad en el municipio de Zamora entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de enero de 2

Dotación presupuestaria:

La dotación presupuestaria de esta primera convocatoria es, para bienes de inversión una cuantía de 75.000.- euros y para gastos de alquiler 53.000.- euros

La cuantía máxima a conceder por empresa es de 9.000.- euros

Requisitos de los beneficiarios:

Las empresas beneficiarias serán nuevas iniciativas en las que concurran los siguientes condicionantes:

  • El titular o titulares de la empresa no habrán ejercido por cuenta propia la actividad económica objeto de la solicitud, de forma individual o societaria, en el último año antes de la puesta en marcha de la actividad solicitada.
  •  La empresa será obligatoriamente de nueva creación no admitiéndose la ampliación de actividades ya existentes, ni la apertura de nuevos centros de trabajo, ni la transformación jurídica ni la sucesión de la empresa.

Requisitos de los proyectos de inversión:

Plazo para la realización de la inversión: el plazo para efectuar la inversión por la nueva empresa se extiende desde los 6 meses anteriores al alta fiscal y hasta el mismo día en el que realice la solicitud de la subvención.

Inversión mínima: Las empresas beneficiarias de las ayudas tendrán que haber ejecutado una inversión mínima de 6.000.- euros (excluyendo impuestos indirectos) en los plazos señalados.

Características técnicas y contenido de los proyectos de inversión: en cada convocatoria se adjuntará un modelo de memoria técnica de la inversión proyectada por la empresa que deberá presentarse junto con la solicitud de ayuda. En este documento los emprendedores fijarán de forma clara y concisa su idea de negocio a fin de poder analizar la viabilidad de la empresa. Además de los datos básicos del emprendedor, se deberá de aportar una cuenta de provisional de resultados de la empresa para el primer año de funcionamiento junto con el plan de financiación de la misma.

Proyectos de inversión excluidos: Las ayudas podrán recaer en cualquier tipo de actividad empresarial, desarrollada por un empresario individual o por una empresa con forma jurídica. Se excluyen de manera expresa los sectores de Banca y Seguros.

Número de proyectos de inversión a presentar por cada solicitante: Sólo se podrá presentar una solicitud de ayuda para una nueva empresa por el mismo solicitante en cada convocatoria.

Cuantía individualizada de la subvención

Las ayudas se pueden solicitar para dos conceptos subvencionables, será incompatible acogerse a ambos conceptos, se tendrá que optar por uno u otro.

Inversión: entendiendo la compra de inmueble, mobiliario, maquinaria, equipos, etc. para la puesta en marcha de la empresa. Se excluye el material fungible, consumible y stock de producto.

Alquiler: es subvencionable el importe del contrato de alquiler realizado sobre el inmueble afecto a la actividad empresarial hasta un máximo de 12 mensualidades. Se excluye del cómputo el IVA, los gastos de comunidad de propietarios, fianzas y otros similares.

El importe de la subvención municipal concedida para la financiación del proyecto de inversión o los gastos de alquiler no podrá superar al 80% de la inversión alegada y tenida en consideración por los órganos municipales intervinientes en su concesión.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora. La convocatoria ha sido publicada con fecha de 01 de junio de 2022.

Plazo de resolución y notificación:

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no podrá exceder de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria. De no notificarse resolución alguna en el citado plazo, se legitimará a las /los interesadas/os para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud.

Para poder acceder a estas ayudas para la creación de nuevas empresas, es necesario la presentación de un plan de empresa o memoria descriptiva de la actividad con el desglose de las inversiones realizadas.

Desde la Cámara de Comercio e Industria de Zamora podemos ayudarte a con la elaboración del plan de empresa.https://www.camarazamora.com/emprendimiento

Mas información http://www.zamora.es/contenidos.aspx?id=32307

Estas ayudas para la creación de nuevas empresas contribuyen al crecimiento de la ciudad.