Convocado para 2023, por la Junta de Castilla y León, el programa de ayudas «Pasaporte de vuelta» dirigido a emigrantes castellanos y leoneses para apoyar y facilitar su retorno a la Comunidad de Castilla y León.

Objeto.

Estas ayudas tienen como finalidad facilitar a los emigrantes castellanos y leoneses el retorno a Castilla y León, así como apoyarles en dicho proceso para su efectiva integración social en esta Comunidad; a través de dos modalidades

  • Programa I: estas ayudas tendrán por finalidad facilitar el retorno a Castilla y León a aquellas personas solicitantes que a fecha de presentación de su solicitud no hubieran retornado a la Comunidad y que pretendieran hacerlo antes del 31 de agosto de 2023.
  • Programa II: estas ayudas tendrán por finalidad apoyar en el proceso de retorno, facilitando la integración social de aquellas personas solicitantes que a la fecha de presentación de su solicitud ya hubieran retornado a la Comunidad.

Beneficiarios.

Para ser beneficiario de las ayudas en ambos programas, las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Ostentar la nacionalidad española.
  • Ser mayor de dieciocho años.
  • Ser oriundos o procedentes de Castilla y León.
  • Que el retorno se haya producido o se vaya a producir desde el extranjero a cualquier municipio de Castilla y León.
  • Carecer de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 €, distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y, en su caso, con la Seguridad Social.
  • No haber sido beneficiario perceptor en años previos de ayudas convocadas por la Administración de Castilla y León
  • Haber residido legalmente en el extranjero al menos dos años dentro de los últimos cinco años, o bien haber trabajado legalmente en el extranjero al menos durante un año, en el caso de personas solicitantes de 35 o más años, o al menos seis meses, en el caso de personas solicitantes menores de 35 años, dentro de los últimos cinco

Para ser beneficiario de las ayudas del Programa I, las personas solicitantes, de forma adicional a, deberán comprometerse a retornar a un municipio de Castilla y León antes del 31 de agosto de 2023.

Para ser beneficiario de las ayudas del Programa II, las personas solicitantes, de forma adicional, deberán cumplir los siguientes:

  • Que el retorno se haya producido en el periodo comprendido en los dos años anteriores.
  • Estar empadronado y tener residencia habitual en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.

Naturaleza y compatibilidad de las ayudas.

Estas ayudas «Pasaporte de vuelta tienen la naturaleza jurídica de prestación económica distinta a las subvenciones.

Las ayudas de los programas I y II serán incompatibles entre sí. Serán compatibles con el resto de las ayudas y subvenciones que pueda conceder la Administración autonómica o cualquier otra Administración.

Cuantía individual de la ayuda.

La cuantía de la ayuda tanto del Programa I como del Programa II será de 2.500 € más 500 € por persona a cargo directo, con un máximo de 4.500 €. En el caso de menores de 35 años, la ayuda será de 3.500 € más 500 € por persona a cargo directo, con un máximo de 5.500 €.

En todo caso, la ayuda se incrementará en un 20 % si la persona beneficiaria ha retornado o pretende hacerlo a un municipio de menos de 10.000 habitantes o bien de menos de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia, así como a un municipio incluido en algún programa vigente territorial de fomento o en un plan vigente de dinamización territorial.

Se entenderá por persona a cargo directo:

  • Hijos y otros descendientes de la persona solicitante o de su cónyuge o pareja de hecho, que convivan con él, menores de 18 años o mayores de 18 con discapacidad que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y que no hayan percibido en el año 2022 ingresos brutos superiores a 1,5 veces el IPREM anual (14 pagas)
  • Ascendientes de la persona solicitante o de su cónyuge o pareja de hecho, que convivan con él, mayores de 65 años o menores de 65 con discapacidad que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y que no hayan percibido en el año 2022 ingresos brutos superiores a 1,5 veces el IPREM anual (14 pagas)

Procedimiento de concesión.

Las solicitudes de ayuda se resolverán por el orden de presentación desde que el expediente esté completo, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente orden de convocatoria.

Solicitudes de ayuda.

La presentación de la solicitud y de cualquier documentación correspondiente al procedimiento de concesión se efectuará por las personas solicitantes bien de forma presencial o de forma electrónica.

El modelo normalizado de solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El plazo para la presentación de la solicitud será el periodo comprendido desde el 15 de junio de 2023 hasta el 12 de julio de 2023

Resolución.

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses, contados a partir del día 14 de junio de 2023.

Justificación y obligaciones de las personas beneficiarias.

La justificación de la ayuda se entenderá efectuada con la presentación de la documentación necesaria para su concesión.

Las personas beneficiarias perceptoras de ambos programas de ayudas están obligados a mantener su residencia habitual en Castilla y León durante al menos dos años a contar desde la publicación de la resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León»

Las personas beneficiarias del Programa I están obligadas a retornar de forma efectiva a Castilla y León antes del 31 de agosto de 2023, debiendo acreditar antes del 11 de septiembre de 2023 dicho retorno ante la Dirección de Acción Exterior.

Para más información sobre el programa de Ayudas “Pasaporte de vuelta» dirigidas a emigrantes castellanos y leoneses para apoyar y facilitar su retorno a la Comunidad de Castilla y León, consulta la sede electrónica de la Junta de Castilla y León o contacta con nosotros.