Convocadas para 2023 por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León, en régimen de concurrencia competitiva, las Ayudas relativas a la intervención destinada a fomentar la cooperación para la sucesión de las explotaciones agrarias en el ámbito territorial de Castilla y León, contemplada en el Plan Estratégico de la PAC 2023- 2027.

Objeto.

Estas ayudas tienen como finalidad promover la sucesión de explotaciones para favorecer el relevo generacional y el aumento de la viabilidad de las explotaciones agrarias

Beneficiarios.

Serán beneficiarios los cedentes, personas físicas, jefes de las explotaciones, que estén en situación de la jubilación establecida o que cumplan los requisitos para acceder a la jubilación de la actividad en el momento de realizar la transmisión u otras causas justificadas de cese de actividad, como la incapacidad laboral permanente, conforme a la legislación nacional y que cedan sus explotaciones agrarias a otra persona física o jurídica que quiera sucederle a través de una cooperación para la sucesión de esa explotación agraria, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Formalizar un proyecto de cooperación
  • Tener inscrita a su nombre en el Reacyl una explotación agraria cuya producción estándar sea, como mínimo, de 5.000 €.
  • No tener más de 72 años.
  • Ser agricultor activo.
  • Cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria.
  • Haber ejercido la actividad agraria durante los cinco años anteriores a la solicitud de ayuda.
  • Ser beneficiario de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse en un plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria o, en su caso, tener reconocida una situación de incapacidad permanente para la actividad agraria.
  • Si el solicitante es una persona física que tenga la consideración de empresa deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma o, en su caso, la exención.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y con la Seguridad Social.
  • Cumplir las obligaciones del beneficiario establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • Que el titular del expediente no se encuentre en período de inhabilitación para la percepción de ayudas públicas.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2,3 y de la Ley General de Subvenciones.

Requisitos de los cesionarios.

Podrán ser cesionarios las personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser persona física mayor de 18 años y que no supere los 57 años a fecha de publicación la Convocatoria.
  • En caso de que el cesionario sea una persona física, no podrá ser familiar de primer grado del cedente. En caso de que sea persona jurídica ninguno de sus socios podrá ser familiar de primer grado del cedente.
  • Formalizar con el cedente un Proyecto de cooperación.
  • Cumplir la condición de agricultor activo.
  • En el caso de que el cesionario sea una persona física deberá cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria o comprometerse a ello con anterioridad al momento de la justificación.

Proyecto de cooperación.

Deberá formalizarse un proyecto de cooperación entre el cedente y el cesionario que vaya a sucederle en la explotación en el que se contemple la transferencia de la misma mediante contratos de arrendamiento o venta.

El Proyecto de cooperación incluirá, al menos, una memoria que deberá ser firmada por el cedente y el cesionario, con los siguientes contenidos:

  • Identificación del cedente y del cesionario
    • Descripción de la situación inicial de la explotación, en la que se identifique, según el caso:
  • Base territorial de la explotación: Será la que conste en el Reacyl a nombre del cedente.
  • Identificación de los derechos del cedente indicándose, asimismo, su régimen de transmisión.
  • Identificación de los CEAS de la explotación, con indicación de la especie y censos presentes en la explotación indicándose si el ganado va a trasmitirse al o a los cesionarios o a un tercero.
    • Compromisos del cedente:
  • Compromiso de cesar en su actividad agrícola, con su baja en los correspondientes registros.
  • Compromiso de transferir los derechos al cesionario.
    • Condiciones del cesionario:
      • Actuaciones que va a realizar el cesionario indicando:
        • Si va a acceder por primera vez a la titularidad de la explotación.
        • Si pretende iniciar un proceso de diversificación agraria o realizar inversiones en la explotación.
        • Si va a solicitar otras intervenciones incluidas en el PEPAC u optar a otro tipo de ayudas o subvenciones.
        • El asesoramiento que pueda recibir tanto por el cedente como por asesores externos a la explotación.
  • Compromiso de explotar de forma directa la explotación cedida, que deberá de figurar a su nombre en el Reacyl durante no menos de 5 años desde la fecha de solicitud de pago
    • Transmisión de conocimientos. Además, el cedente entregará al cesionario una copia del cuaderno de campo de la última campaña en la que se incluya, al menos, la información relativa a las superficies cedidas.

También formarán parte de este proyecto de cooperación:

  • Certificación acreditativa de la relación de miembros de entidades asociativas (solo cuando el cesionario sea persona jurídica, comunidad de bienes o unidad económica sin personalidad jurídica titular de una explotación agraria de titularidad compartida).
    • Compromiso de subrogación del cesionario en las obligaciones del cedente, en su caso.
    • Compromiso de transmisión de los propietarios con el cesionario: cuando la explotación del cedente cuente con bienes en régimen de arrendamiento y estos vayan a ser transmitidos al nuevo cesionario.
    • Autorización del cesionario, en el caso de que el cesionario sea una persona física, para llevar a cabo las comprobaciones necesarias.

Los compromisos incluidos en el proyecto de cooperación tendrán una duración mínima de 5 años.

El proyecto de cooperación deberá cumplimentarse en el modelo disponible en sede electrónica. Deberá ser firmado por el cedente, por el cesionario y, en su caso, por los terceros y aportarse digitalizado como anexo a la solicitud de ayuda.

Cuantía individualizada de la ayuda.

La ayuda se destinará a prestar apoyo a los agricultores o ganaderos que decidan cesar en su actividad y cedan su explotación a otros agricultores o ganaderos, compensando una parte del coste de oportunidad que supone dicha cesión.

El importe anual (IA) se calculará teniendo en cuenta el valor de la producción estándar total (PET) de la explotación, conforme a la siguiente expresión:

La ayuda final anual pagadera al beneficiario estará necesariamente comprendida entre el 15% y el 60% de la producción estándar total (PET), por lo que en caso de que el importe anual (IA) calculado conforme al punto dos anterior, rebasara dichos límites, la ayuda final anual se igualará al valor resultante de multiplicar la PET de la explotación por el porcentaje del 15% o del 60% que corresponda.

Finalmente, la ayuda total en euros que percibirá el beneficiario se calculará multiplicando por cinco la ayuda final anual, con un límite máximo de 85.000 euros.

Solicitudes de ayuda.

Los titulares de las explotaciones que pretendan acceder a las ayudas deberán presentar, de forma telemática exclusivamente, una solicitud debidamente cumplimentada en los modelos normalizados que estarán disponibles en la sede, acompañada de los anexos y de la documentación requerida

Procedimiento de concesión

La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, comparando las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de selección fijados en la convocatoria.

Resolución

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose desestimadas las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo.

Pago de la ayuda.

El abono de la ayuda se efectuará en cinco anualidades, mediante ingreso en la cuenta de la entidad financiera designada al efecto por el interesado.

Para más información sobre las Ayudas relativas a la intervención destinada a fomentar la cooperación para la sucesión de las explotaciones agrarias en el ámbito territorial de Castilla y León, contemplada en el Plan Estratégico de la PAC 2023- 2027, consulta la sede electrónica de la Junta de Castilla y León o contacta con nosotros.