La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, convoca en régimen de concurrencia competitiva, el Bono Concilia, dirigido a las familias en las que ambos progenitores trabajen y tengan menores entre 0 y 3 años, que no tienen todavía edad para cursar el segundo ciclo de educación infantil para contribuir, durante el curso escolar 2021/2022, a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

El plazo de solicitud es desde el 23 de mayo de 2022 hasta el 23 de junio de 2022.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias del Bono Concilia las familias en las que ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras o el único responsable familiar, en el caso de las familias monoparentales, estén empadronados en un municipio de Castilla y León, tengan a su cargo a menores entre cero y tres años nacidos entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021 y realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual hayan estado dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad durante el curso escolar 2021/2022 y, por tanto, necesitan conciliar.

Requisitos

Tener a su cargo a menores nacidos entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.

-Estar empadronados en un municipio de Castilla y León.

-Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual hayan estado dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad durante el curso escolar 2021/2022.

-Con carácter general, para recibir esta prestación es preciso que el nivel anual de rentas de ambos progenitores, en los términos definidos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), no haya superado los 50.000 euros en 2021, un límite que se rebaja a 25.000 euros en el caso de las familias monoparentales.

Estos límites de renta se reducen para facilitar la percepción de esta prestación a las familias con necesidades especiales. Así, sobre las cuantías anteriores se aplica una reducción de 3.000 euros por cada hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y de 9.000 euros si ese grado es igual o superior al 65 %.

En el caso de que el progenitor solicitante y el menor o menores que dan derecho a la subvención estén empadronados en un municipio de menos de 20.000 habitantes, el nivel de renta exigido se recorta en el 20 %. Ese mismo porcentaje de minoración se aplica a las familias monoparentales, acogedoras y numerosas de categoría general, mientras que se eleva al 30 % para las de categoría especial.

Todos estos descuentos aplicables por discapacidad, residencia en el medio rural, familia acogedora, familia numerosa y familia monoparental son acumulativos.

-No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y que impiden obtener la condición de beneficiario de cualquier subvención.

-Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.e) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones en materia de subvenciones.

Cuantía

La dotación presupuestaria para esta convocatoria es de 2.950.000 euros. Este crédito podrá ser incrementado en una cuantía adicional, hasta alcanzar como máximo 10.000.000 € en total, sin requerir de una nueva convocatoria.

El importe del bono concilia es de 750€ por menor, dado que las beneficiarias son las familias, el pago se efectuará a nombre de la persona que se haya grabado en la aplicación como primera solicitante.

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