Las festividades del 1 de noviembre y 6 de diciembre se trasladan al lunes siguiente.

El pasado 12 de septiembre, el Consejo de Gobierno aprobó el decreto por el que se establece el el calendarios de fiestas laborales en el ámbito de la comunidad de Castilla y León para el año 2020, trasladándose al lunes las festividades del 1 de noviembre (Día de Todos los Santos) y del 6 de diciembre (Día de la Constitución Española).

Para su elaboración, se han tenido en cuenta las necesidades del sistema productivo y a las demandas sociales, en un marco de respeto a las fiestas tradicionales de esta Comunidad Autónoma.

De acuerdo con esta normativa y a propuesta de la Consejería de Empleo e Industria y el apoyo unánime de todos los agentes económicos y sociales, el Gobierno autonómico ha aprobado el calendario de fiestas laborales en la Comunidad para el año 2020. Todas ellas son de carácter retribuido y no recuperable. Dichas fechas son las siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 9 de abril, Jueves Santo.
  • 10 de abril, Viernes Santo.
  • 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
  •  1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre, Todos los Santos. Se traslada al lunes 2 de noviembre.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española. Se traslada al lunes 7 de
    diciembre.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. Se traslada al lunes 9 de diciembre.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Estas fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas locales que habrán de fijarse para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del Ayuntamiento respectivo.