El Consejo de Ministros, en su reunión del día 19 de mayo de 2020, ha adoptado un Acuerdo, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el cuarto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19. El primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos y sus características fue aprobado el 24 de marzo, el segundo tramo fue aprobado el 10 de abril, el tercer tramo el 9 de mayo y el cuarto tramo el 19 de mayo.
Se podrán acoger a esta medida todas las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

¿Cuál es el objetivo de estas medidas?

El objetivo es cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovacionesconcedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiaciónderivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez,incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

¿Cuáles son los importes de los tramos y de los subtramos aprobados?

El importe total del primer tramo de la línea de avales asciende a 20.000 millones de euros.

Se crearán dos subtramos con los siguientes importes y categorías:

  • Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
  • Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.

El importe total del segundo, tercer, cuarto y quinto tramo de la línea de avales es de un total de 80.000 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos autónomos y pymes.

Las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de los cuatro primeros tramos se entenderán aplicables también al quinto tramo. Adicionalmente a las anteriores, se establecen en el quinto tramo las siguientes condiciones:

Importe del quinto tramo de la línea de avales: Hasta 12.500 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas.
Importe por subtramos del quinto tramo de la línea de avales:
– Hasta 7.500 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
– Hasta 5.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.

¿Qué prestamos son elegibles?

Serán elegibles las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago que hayan solicitado la adhesión al contrato marco de ICO antes del 15 de mayo.

¿Cuáles son los porcentajes máximos de aval?

En el caso de pymes y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación, tanto en el caso de nuevos préstamos como de renovaciones.

En el caso de empresas que no reúnan la condición de pyme, el aval cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación.

¿Cuáles son los plazos de solicitud?

Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020 y el plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años.

¿Dónde debo dirigirme para realizar la solicitud?

Hay que dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO tenga suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

Puedes acceder a la Resolución del 16 de junio de 2020 por la que se pone en marcha el quinto tramo de la linea de avales en este enlace, a la Resolución del 19 de mayo de 2020 por la que se pone en marcha el cuarto tramo de la línea de avales en este enlace, a la Resolución del 6 de mayo de 2020 por la que se pone en marcha el tercer tramo de la línea de avales en este enlace, a la Resolución del 10 de abril de 2020 por la que se pone en marcha el segundo tramo de la línea de avales en este enlace y a la Resolución del 25 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO en este otro enlace