Convocadas para el año 2022, por la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León en colaboración con la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León, en régimen de concurrencia no competitiva, las Subvenciones destinadas a la financiación de los proyectos incluidos en la inversión 4 «Emprendimiento y microempresas», del componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad de Castilla y León.

Objeto.

Las subvenciones tienen por objeto la financiación de los proyectos incluidos en la inversión 4 «Emprendimiento y Microempresas», del componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la comunidad de Castilla y León.

Se establecen dos líneas de subvenciones, Programa I y Programa II, que tienen por objeto el mantenimiento del empleo en microempresas y en trabajadores por cuenta propia, durante un plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud, siempre que tengan domicilio fiscal en Castilla y León. A su vez, el beneficiario debe llevar a cabo una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital y respetuosa con el medio ambiente.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios las siguientes entidades:

Programa I:

Aquellos trabajadores por cuenta propia o autónomos, personas físicas, con o sin trabajadores asalariados, que a fecha de presentación de la solicitud estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, tengan su domicilio fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y tengan un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.

Programa II:

Aquellas microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y sociedades civiles, que cuenten con menos de diez trabajadores asalariados, tengan un volumen de negocio inferior a dos millones de euros y su domicilio fiscal se encuentre en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

A su vez, los beneficiarios deberán participar en acciones de apoyo para iniciar su transformación productiva respetuosa con el medio ambiente y digital.

Actuaciones.

  • Diagnósticos de necesidades.

Evaluación de su negocio o actividad que le permita identificar su situación de partida en relación con la economía digital y respetuosa con el medio ambiente, identificando posibles áreas de mejora y permitiendo la definición de acciones concretas para hacer su actividad más sostenible o digital.

  • Asesoramiento.

Obtener ayuda personalizada y especializada que permitan a la entidad consolidar su negocio, descubriendo nuevas formas de gestión, experiencias de éxito de otros profesionales o soluciones emergentes en el mercado en materia medioambiental o tecnológica, que contribuyan a la consolidación de su negocio.

  • Formación.

Formación teórico-práctica en los ámbitos de la economía digital o respetuosa con el medio ambiente, que le ayuden a mejorar sus competencias en estos campos, e impulsen la transición de su actividad hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente. La duración mínima será de 8 horas. Puede ser presencial, a distancia o mediante una fórmula mixta.

  • Sistemas de gestión y Certificaciones medioambientales.

Implementación de sistemas de gestión estandarizados de gestión medioambiental o sostenible.

Requisitos:

Para los beneficiarios del programa I.

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a fecha de presentación de solicitud.
  • Tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
  • Que haya realizado una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente dentro del periodo del 1 de enero de 2021 al 15 de noviembre de 2022.
  • Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma.

Para los beneficiarios del programa II.

  • Tener la consideración de microempresas.
  • Tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
  • Que haya realizado una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente dentro del periodo del 1 de enero de 2021 al 15 de noviembre de 2022.
  • Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma.

Acción subvencionable.

Para el programa I:

La actividad subvencionada consistirá en el mantenimiento del puesto de trabajo del propio trabajador autónomo, durante un periodo mínimo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

Para el programa II:

La actividad subvencionada consistirá en el mantenimiento del empleo de la entidad jurídica, esto es, del número de personas que tenga contratadas la empresa beneficiaria en el momento de solicitar la subvención, durante un periodo mínimo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

La actividad subvencionada conllevará la realización por la entidad beneficiaria de una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital.

Cuantía de la subvención.

La cuantía de la subvención será de un máximo de 5.000 euros por beneficiario. Esta cantidad tiene la consideración de módulo máximo a efectos de la determinación del importe de la subvención y de su justificación.

Procedimiento.

Estas subvenciones se tramitarán según el procedimiento de concurrencia no competitiva

El procedimiento se iniciará a instancia de parte, mediante la presentación de la solicitud de subvención.

La selección de los beneficiarios se realizará por el orden de la presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo.

Solicitudes, forma y plazo de presentación.

Las solicitudes se presentarán en el modelo que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

Las solicitudes acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán de forma electrónica.

El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el 10 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022

Resolución.

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado resolución, se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Para más información sobre Subvenciones destinadas a la financiación de los proyectos incluidos en la inversión 4 «Emprendimiento y microempresas», del componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad de Castilla y León, consulta la sede electrónica de la Junta de Castilla y León o contacta con nosotros.