La Consejería de Empleo e Industria de Castilla y León convoca la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial.

La Ciberseguridad es un factor clave que permite el desarrollo y la explotación de la innovación y de las tecnologías digitales y, por ello, está necesariamente vinculada a las perspectivas de crecimiento, creación de empleo y respuesta a los retos medioambientales y sociales del futuro. En un entorno globalizado, las industrias están obligadas a analizar e implantar en sus procesos productivos soluciones de Ciberseguridad.

El plazo de solicitud es del 22 de marzo hasta el 23 de abril 2022.

OBJETO

Estas subvenciones tienen por objeto la mejora de la Ciberseguridad en el ámbito de las industrias de Castilla y León, impulsando la utilización de las prácticas, procesos y tecnologías, diseñadas para gestionar el riesgo del ciberespacio.

Se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias, así como proteger contra las amenazas y riesgos relacionados con la seguridad digital, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en hardware y software en esta materia.

BENEFICIARIOS

Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas, que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León y que desarrollen una actividad industrial.

Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial cuando haya presentado comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad.

Requisitos:

  1. La industria deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la convocatoria.
  2. Realizar un proyecto para el que solicitaron la subvención.
  3. Participar en un único proyecto por convocatoria.
  4. No estar incurso en alguna en alguna de las prohibiciones establecidas.
  5. No tener la consideración de empresa en crisis.
  6. No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  7. Cumplir con la cuota reservada de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
  8. Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad. 

CUANTÍA

El presupuesto destinado a las ayudas de esta convocatoria es de 500.000€, pudiendo ser modificados, previa la oportuna tramitación, por un importe máximo de 600.000€, siendo destinados exclusivamente a la resolución de las solicitudes presentadas en el plazo de presentación, sin que ello implique nuevo plazo de presentación ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será:

  • Para inversiones en activos inmateriales y/o materiales (software y hardware), el 50% de los costes considerados subvencionables.
  • Para colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación de la ciberseguridad industrial, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia, el 65%.
  • El porcentaje de subvención de la colaboración externa se incrementará en un 10% adicional para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes.
  • La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 35% del total de la subvención concedida, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
  • Se fija un límite máximo de subvención por proyecto de 20.000€, para los gastos considerados subvencionables.
  • Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 3.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
  • El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis, concedidas a una única empresa y sus vinculadas, no excederá de 200.000 euros, a lo largo de un periodo de 3 ejercicios fiscales.

Para más información puedes consultar el siguiente enlace.

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