OBJETO

La Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León convoca, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones dirigidas a la modernización de las empresas artesanas de la Comunidad de Castilla y León, para la financiación de proyectos dirigidos a la modernización, la mejora de la gestión sobre la base de la innovación y la promoción de los establecimientos artesanos de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como los de nueva creación.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que cumplan los requisitos:

  • Poseer la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio.
  • Tener reconocida por resolución expresa la condición de taller artesano para el establecimiento para el que se solicita la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 74/2006, de 19 de octubre, por el que se regula la artesanía en Castilla y León y normativa que lo desarrolla.
  • La actividad para la cual se solicite la subvención deberá ser aquella para la que tengan reconocida la condición de taller artesano, o bien para la que hayan solicitado el correspondiente reconocimiento, renovación o variación de datos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Quedan expresamente excluidas las actividades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto 53/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la artesanía alimentaria en la Comunidad de Castilla y León.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento artesano para el que se solicite subvención, los proyectos que tengan la siguiente finalidad:

  • La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento artesano y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad artesana.
  • La implantación o la introducción de mejoras en su sistema de producción.
  • Su digitalización mediante la implantación, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, de sistemas de gestión y/o de comercialización del establecimiento artesano, especialmente la implementación de plataformas de venta online, o la introducción de mejoras en los sistemas ya existentes, así como la realización de actuaciones promocionales basadas igualmente en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • La participación en ferias de artesanía.
  • O bien varias de las anteriores a la vez.
  • Serán susceptibles de financiación los gastos que se ejecuten entre el 17 de octubre del año 2020 y el 16 de octubre del año 2021, ambos inclusive.

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 10 de abril de 2021 hasta el 3 de mayo de 2021

CUANTÍA

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento artesano para el que se solicite, será de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:

  • No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 500 euros.
  • El presupuesto máximo aceptado será de:
    • Para la participación en ferias de artesanía de 5.000 euros.
    • Para el resto de gastos en su conjunto de 10.000 euros.

Para más información, puede visitar el siguiente enlace