OBJETO

La Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León convoca, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los requisitos:

  • Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio.
  • Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto.
  • La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen o tengan intención de desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención debe ser estricta y exclusivamente comercial y minorista conforme a la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos los siguientes grupos o clases: clase 47.16, 47.30, 47.73, 47.8 y 47.9.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:

  • La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.
  • Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • Ambas a la vez.
  • Serán susceptibles de financiación los gastos ejecutados entre el 1 de julio de 2019 y el 31 de mayo de 2021, ambos inclusive.

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 10 de abril de 2021 hasta el 15 de junio de 2021

CUANTÍA

La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 50% del presupuesto aceptado, salvo para los gastos en digitalización para los que será de un 75%, con los siguientes límites:

  • No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
  • El presupuesto máximo aceptado por cada proyecto subvencionable será de 10.000 euros, para los gastos en digitalización, y de 40.000 euros para el resto de los gastos.

Para más información, puede visitar el siguiente enlace