En el siguiente Post «Import One Stop Shop» contestaremos a las preguntas más frecuentes y fundamentales para entender y conocer mejor la IOSS:

¿Qué es la ventanilla única de importación (IOSS)?

La IOSS facilita el cobro, la declaración y el pago del IVA a los vendedores que realizan ventas a distancia de bienes importados a compradores en la UE. La IOSS también facilita el proceso al comprador, a quien solo se le cobra en el momento de la compra y, por lo tanto, no se encuentra con ningún cargo sorpresa cuando se entregan los productos. Si el vendedor no está registrado en la IOSS, el comprador tiene que pagar el IVA y, por lo general, una tasa de despacho de aduanas que cobra el transportista en el momento en que las mercancías se importan en la UE.

El IOSS son las siglas de Import One Stop Shop. Es un régimen simplificado de recaudación del IVA a la importación de envíos de escaso valor (máximo de 150 euros), que permite que su liquidación e ingreso se haga por el proveedor/plataforma electrónica de manera periódica, y en el Estado Miembro en el que se registró, por todas las operaciones de pequeños envíos con destino final a consumidores en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. En este régimen, la importación está exenta de IVA. Será la plataforma quien lo repercuta en la compra al cliente y quien lo ingrese de forma periódica.

Este régimen no es posible para mercancía del ámbito de los impuestos especiales.

Es un régimen optativo para el proveedor-plataforma, pero una vez optado por el mismo, ha de incluir todas las operaciones hasta renuncia o exclusión del mismo.

¿Qué entregas de mercancías están incluidas en el ámbito de la IOSS?

La IOSS comprende las ventas a distancia de bienes que sean: expedidos o transportados desde fuera de la UE en el momento de su venta, expedidos o transportados en envíos con un valor no superior a 150 EUR y no sujetos a impuestos especiales (normalmente aplicados al alcohol o el tabaco).

¿Hay alguna mercancía excluida del sistema IOSS?

No pueden importarse por este sistema las mercancías que están sujetas a los impuestos especiales. Por lo demás, están excluidas de forma general las que tienen un valor superior a 150 euros de valor intrínseco.

¿Cómo funciona la IOSS?

Los vendedores registrados en la IOSS deben aplicar el IVA cuando vendan bienes destinados a un comprador en un Estado miembro de la UE. El tipo de IVA es el aplicable en el Estado miembro de la UE en el que se entregarán las mercancías. La información sobre los tipos de IVA en la UE está disponible tanto en la página web de la Comisión Europea como en las páginas de las administraciones tributarias nacionales

¿Cómo puede registrarse en la IOSS?

Podrá registrar su empresa en el portal IOSS de cualquier Estado miembro de la UE a partir del 1 de abril de 2021. Si su empresa no tiene su sede en la UE, normalmente tendrá que designar a un intermediario establecido en la UE para cumplir con sus obligaciones de IVA través de la IOSS. Su registro en la IOSS es válido para todas las ventas a distancia de bienes importados que se realicen a compradores en la UE

¿Qué debe hacer si utiliza la IOSS?

Si utiliza la IOSS, debe hacer lo siguiente:

  • mostrar/visualizar el importe del IVA que debe pagar el comprador en la UE, a más tardar cuando finalice el proceso de pedido.
  • garantizar que el IVA es cobrado al comprador respecto a la entrega de todos los bienes incluidos en el ámbito de la IOSS que tengan un Estado miembro de la UE como destino final.
  • asegurarse de que las mercancías incluidas en el ámbito de la IOS son remitidas en envíos con un valor no superior a 150 euros.
  • en la medida de lo posible, mostrar en la factura el precio pagado por el comprador en euros.
  • enviar una declaración electrónica de IVA mensual a través del portal IOSS del Estado miembro en el que está registrado en la IOSS.
  • realizar un pago mensual del IVA consignado en la declaración de IVA al Estado miembro en el que se haya registrado en la IOSS.
  • conservar registros de todas las ventas incluidas en el ámbito de la IOSS durante 10 años.
  • proporcionar la información necesaria para el despacho de aduanas en la UE, incluido el número de identificación a efectos del IVA de la IOSS (IOSS VAT), a la persona que declara las mercancías en la frontera de la UE.

¿En qué país puedo presentar el H7 bajo el sistema IOSS?

En cualquier Estado Miembro de la Unión Europea. El registro IOSS del proveedor ampara las operaciones de importación de envíos de escaso valor destinados a cualquier Estado de la Unión Europea.

¿Cómo se declara el número IOSS en el H7?

Ha de consignarse en la declaración, en la casilla de referencias fiscales adicionales. Concretamente, cuando se consigne la referencia a que la importación está bajo el régimen de IOSS a través del código F48, se incluirá el código FR5 seguido del número IOSS.

Para preservar el uso del número IOSS en España va a ser necesario comunicar a la aduana quién o quiénes están habilitados para su consignación en las declaraciones aduaneras (tanto si es con carácter permanente o esporádico).

¿Quién es el responsable de esta declaración aduanera?

Es el importador, destinatario del envío y lo es en concurrencia (en caso de ser persona distinta) con el declarante ante la Aduana.

¿Cabe usar el IOSS para destinatarios que sean empresarios o profesionales?

No. El sistema IOSS sólo es posible cuando el destinatario del envío no tiene la condición de empresario o profesional o es una de las entidades del artículo 14 de la Ley del IVA.

¿Puedo usar el IOSS en un DUA normal?

Sí. No obstante, la declaración aduanera más adecuada para la gestión del sistema IOSS, de acuerdo con la normativa, es la declaración H7. Esta declaración H7 permite una serie de facilidades que no estarán disponibles en el DUA normal (salvo que se utilice imperativamente por estar las mercancías sujetas a prohibiciones o restricciones) como es la posibilidad de no consignar el NIF del destinatario, entre otras.

¿Necesito disponer autorización de despacho en este régimen de IOSS?

El IOSS presupone unas condiciones contractuales de compra que llevan aparejada usualmente la potestad del proveedor- plataforma de designar al declarante en la declaración aduanera. Esto unido al hecho de que en España va a ser necesario comunicar a la aduana quién o quiénes están habilitados para la consignación en las declaraciones aduaneras (tanto si es con carácter permanente o esporádico), determina que en el escenario IOSS exista siempre autorización de despacho. Por las razones expuestas, la representación aduanera en IOSS será necesariamente indirecta y se entenderá concedida siempre.

¿Cómo identifico a los particulares destinatarios del paquete?

En la declaración ha de consignarse la identificación del destinatario con su nombre completo y dirección. No es precisa la consignación del NIF en caso de no disponerse de él.

¿Cómo gestiono las devoluciones de paquetes en el sistema IOSS?

Se deberá hacer una exportación (al origen o lugar designado por el proveedor) y referir en la misma el número de la declaración H7 individual o bien del número de envío con el que se importó. A estos efectos esta exportación se formalizará a través de EXS o ETD (según salga directamente a territorio tercero o lo haga a través de otro Estado miembro).

En IOSS, ¿las declaraciones aduaneras están sujetas a control?

Sí. Se le aplica los sistemas de análisis de riesgos y de control de aduanas y se pueden someter a exámenes documentales y físicos.

¿Quién es el sujeto pasivo del IVA en régimen IOSS?

Lo es el proveedor o la plataforma electrónica, en la que se hizo la compra de los bienes objeto del envío.

¿Es la plataforma electrónica la importadora cuando se declara en régimen IOSS?

No, el importador es el destinatario del envío. Pero se trata de una operación exenta de IVA a la importación

¿Es la plataforma electrónica la declarante ante la aduana en el sistema IOSS?

No. El declarante es la persona que actúa en nombre propio en la declaración. Tiene esta condición el representante aduanero (que actuará necesariamente en la modalidad de indirecta).

¿Es obligatoria condiciones DDP en las ventas IOSS?

Sin ser una imposición legal expresa, se considera sobreentendida al incluirse el IVA en el precio de la transacción. El importe del IVA de la operación que se repercutió en la compra ha de ser ingresado por el Proveedor-Plataforma en su declaración periódica.

¿He de aportar la factura? ¿Y el justificante del pago de la compra? ¿Bajo qué circunstancias?

La factura y el justificante de pago de la compra habrá de aportarse si son reclamados por la Aduana para verificación o comprobación.

¿Puede ser destinatario de estos envíos en España una persona física no residente?

Sí. Lo que determina que la operación tribute en España es que el envío tenga por destino final una dirección de entrega en España. De conformidad con el documento de transporte que ha de consignarse en la Declaración.

¿Como darse de alta en el Régimen One Stop Shop?

Para darse de alta en el Régimen One Stop Shop es necesario presentar el Modelo 035. La presentación se hace de forma electrónica mediante un certificado digital. Una vez que tienes el certificado digital instalado en tu ordenador, deberás entrar en la web de la Agencia Tributaria, identificarte con el certificado y seleccionar el régimen que corresponda (Régimen de la Unión, Régimen Exterior de la Unión o Régimen de importación). A continuación, deberás seleccionar el alta, introducir el NIF de la empresa, el nombre y completar la información fiscal, los datos bancarios, los datos de los países en los que deseas darte de alta, la indicación de si has realizado operaciones previas y la firma. Finalmente, deberás enviar el formulario.

¿Cómo se hace la declaración del IVA en el Régimen One Stop Shop? Modelo 369

Para la declaración del IVA en el Régimen especial de One Stop Shop es necesario presentar el Modelo 369 o “Declaración-liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a instancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bines”.

Deberán presentar el Modelo 369:

– Aquellos empresarios o profesionales que no estén establecidos en la Unión Europea y que se encuentren registrados en España en el Régimen exterior de la Unión. La presentación será trimestral.

– Aquellos empresarios o profesionales que estén registrados en España en el Régimen de la Unión. La presentación también es trimestral.

– Los empresarios o profesionales que se encuentren registrados en el Régimen de Importación o los intermediarios que actúen por su cuenta. La declaración se presentará mensualmente.

¿Cómo se rellena el Modelo 369?

Ya conoces los plazos de presentación del Modelo 369, pero también es importante saber cómo rellenarlo, puesto que dependerá del régimen en el que se encuentre inscrito el empresario o profesional.

El régimen más habitual es el Régimen de la Unión. Para realizar la presentación del Modelo 369 en este régimen se deberán incluir los siguientes datos:

– En el primer apartado, se añadirán los datos de identificación del declarante.

– En el segundo apartado, se incluye el periodo de liquidación (año, trimestre o mes, según la declaración).

– El tercer apartado se refiere a los importes que se han recibido por el empresario o profesional por prestaciones de servicios y el cuarto a los recibidos por la venta de bienes a particulares en otros países de la Unión Europea.

– En el caso en que la actividad se realice desde otro país distinto a España, se deberá incluir la información en los apartados cinco y seis.

– Si el empresario o profesional necesita realizar correcciones de ejercicios anteriores, lo hará en el apartado siete.

Junto con lo anterior, debemos recordar que las empresas que vendan productos o servicios en países de la Unión Europea, superen o no el límite de los 10.000 euros, deben presentar el Modelo 303 del IVA de forma trimestral.

En definitiva, con los nuevos cambios introducidos por la normativa aprobada este año, se modifican los límites para el uso del régimen de ventanilla única, que bajan de 35.000 euros a 10.000 euros, por lo que muchas empresas se pueden beneficiar de la simplificación en la declaración y evitar tener que darse de alta en Hacienda de cada país.

Para más información, puedes ponerte en contacto con nuestro Departamento de Comercio Internacional:

– a través del teléfono de contacto 980 53 00 50

– en el correo electrónico cexterior@camarazamora.com

– en nuestra oficina en la c/Pelayo 6, 49014 Zamora.

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