Convocadas para 2023, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ayuntamiento de Benavente, las Subvenciones destinadas a financiar a emprendedores del programa Ben emprende

Objeto.

La finalidad de este programa es de facilitar y apoyar mediante ayudas económicas proyectos de autoempleo que inicien su actividad entre el 1 de enero de 2023 y el día 1 de Mayo de 2023, y que, por su viabilidad; contribuyan en términos económicos y/o comerciales al desarrollo del municipio de Benavente, además de que mantengan su actividad en el municipio de Benavente durante al menos dos años desde la resolución de la convocatoria.

Beneficiarios.

Podrán solicitar las ayudas las sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes, entidades económicas sin personalidad jurídica, y asimismo los empresarios individuales (personas físicas) que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el inicio de la actividad empresarial o profesional se produzca entre el día 1 de enero de 2023 y el día 1 de Mayo de 2023 y que estén válidamente constituidos con su correspondiente alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
  • En el caso de personas físicas, se requiere a el alta en el RETA mutualidad o colegio profesional correspondiente, estimándose este alta, como fecha de inicio de la actividad.
  • En el caso de Sociedades y Entidades sin personalidad jurídica deberá haberse constituido válidamente y cursar alta en la Seguridad Social por parte del empresario individual o del socio administrador de la sociedad.
  • El Centro de trabajo o el domicilio fiscal debe estar ubicado en el municipio de Benavente
  • Acreditar el gasto mínimo inicial vinculado a la creación de la empresa de 750,00 €
  • Que no se haya solicitado ni obtenido otra subvención para el mismo concepto de ninguna entidad pública o privada.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración tributaria, con la relativas de la tesorería de la seguridad social, mutualidad o colegio profesional y con el Ayuntamiento de Benavente

No podrán ser beneficiarios:

  • En el caso de empresarios individuales, las personas que en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el RETA, hayan ejercicio la misma o similar actividad como trabajadores por cuenta ajena.
  • Los socios no podrán solicitar esta subvención a título individual.
  • Las empresas que procedan de un cambio de denominación o de forma jurídica de una empresa preexistente, así como los traslados de empresas preexistentes.
  • Las empresas o entidades dependientes o vinculadas societariamente a administraciones, entes u organismos públicos.
  • Las empresas participadas por otra empresa solicitante.
  • Aquellas entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones

Cuantía de las ayudas.

Se concederá una cantidad fija de 750 euros a todas las sociedades mercantiles, entidades económicas sin personalidad jurídica y personas físicas que acrediten el inicio de su actividad empresarial o profesional entre el 1 de enero de 2023 y el día 1 de Mayo de 2023 y cuyo centro de trabajo o domicilio social se encuentre en el término municipal de Benavente

Procedimiento.

La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de valoración la fecha y la hora que figuren registradas en la solicitud, reuniendo la totalidad de los requisitos y documentación requerida en la convocatoria.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado disponible en la web municipal www.benavente.es, de forma exclusivamente telemática para las personas jurídicas.

En el caso de personas físicas y resto de los casos, la tramitación electrónica/telemática será preferente, sin perjuicio de la tramitación a través de otros medios

El formulario, irá acompañado de la documentación requerida, incluyendo una memoria descriptiva del proyecto o plan de empresa detallada de la actividad para la que se solicite la ayuda, que deberá especificar la inversión total a realizar.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles finalizando el día 23/05/2023.

Procedimiento.

La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de valoración la fecha y hora de entrada que figuren registradas en la solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria.

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de seis meses a contar del siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Se califica la presente subvención de prepagable, luego se anticipará el 100% de la ayuda con la resolución de la concesión de la ayuda.

Compatibilidad

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles, con la obtención de cualquier otro tipo de subvención o ayuda por el mismo concepto y finalidad.

Para más información sobre las Subvenciones destinadas a financiar a emprendedores del programa Ben emprende , consulta la la página web del Ayuntamiento de Benavente o contacta con nosotros.

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